La infracción de patentes no es un delito trivial
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La semana pasada tuve una larga conversación con nuestro abogado de patentes y escribí brevemente las preguntas más importantes sobre la infracción de patentes.

¿Está permitido exportar un producto que no está patentado en Alemania a un país donde existe protección por patente?

En Alemania, básicamente, no existen obstáculos a la exportación de un producto que no sea objeto de una patente o modelo de utilidad alemán o de una patente europea validada para Alemania desde el punto de vista del Derecho alemán de patentes. Sin embargo, la importación de un producto de este tipo en un tercer país en el que existe protección por patente para este producto constituye regularmente una infracción de patente con arreglo a dicha Ley. La única excepción a esta regla es si el producto en cuestión ha sido introducido en el mercado por el titular de la patente o con su consentimiento para su entrega al tercer país, es decir, se ha agotado la legislación de patentes. Por supuesto, esto no puede aplicarse al plagio o réplicas de fabricantes no autorizados.

¿Qué aspecto tiene si el producto protegido en el tercer país forma parte de un producto fabricado en Alemania que se exporta al tercer país?

Por supuesto, también hay una infracción de patente en este caso, ya que el producto protegido por patente que no ha sido autorizado por el titular de la patente para este fin no pierde su protección de patente al ser incorporado a otro producto. Me gustaría ilustrar esto con un ejemplo:

El distribuidor A, con sede en Alemania, obtiene un producto protegido por patente para el titular de la patente P en los Estados Unidos de un fabricante extranjero no autorizado por el titular de la patente P e importa este producto en Alemania. A lo vende en Alemania al fabricante F, que incorpora este producto en un producto fabricado por él. F exporta el producto a los EE.UU. y lo entrega allí a un cliente K. No solo la entrega del producto a la patente estadounidense es una infracción, sino que incluso la oferta del fabricante F al cliente K con sede en los Estados Unidos puede ser una infracción de patente.

¿Contra quién puede actuar el titular de la patente?

El titular de la patente puede demandar al fabricante F como importador (desde el punto de vista estadounidense) y a su cliente K en los Estados Unidos por infracción de patente. Cabe señalar que si K o F tenían conocimiento de la protección por patente (la llamada "infracción intencional"), los tribunales estadounidenses triplican los daños y perjuicios que deben pagarse al titular de la patente P ("daños triples"). Junto con los costos de una demanda por infracción de patente en los Estados Unidos, que en la mayoría de los casos no son menos de un millón de dólares en los Estados Unidos, esto puede llevar rápidamente a una empresa a la bancarrota.